Consagradas en la Ley número 15921 de diciembre de 1987, se establece que las Zonas Francas son áreas aisladas del territorio nacional, donde se estimula la actividad económica.
Estas zonas de economía especial, gozan de excepciones aduaneras, tributarias y fiscales.
En las zonas francas del Uruguay se puede desarrollar cualquier tipo de actividad comercial, industrial y de servicios, incluida todo tipo de operaciones con la mercadería, ya sea su producción, transformación o modificación de su naturaleza.
Mantenemos acuerdos con los principales operadores de Zona Franca Montevideo, Zona Franca Florida y Zona Franca Colonia.